Solicitud de cobertura de seguro de Sepelio Colectivo
DÉBITO EN SUELDO
TOMADOR: DIRECCIÓN NACIONAL DEL SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL / CUIT N° 30-54667154-9
El abajo firmante, solicita a EL SURCO COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A. un seguro por las secciones detalladas por el término de 12 meses basado en las siguientes declaraciones:
SEPELIO PARA EL PERSONAL EN ACTIVIDAD
Servicio prestacional + Reintegro por Cremacion hasta $30.000
Gastos de luto de $30.000
SEPELIO PARA EL PERSONAL RETIRADO O PENSIONADO
Servicio prestacional + Reintegro por Cremacion hasta $30.000
Gastos de luto de $30.000
CREMACION: Reintegro hasta la suma de $ 30.000.- contra la presentación de factura de la cremación realizada.
GASTO DE LUTO: Al momento del fallecimiento de un asegurado se debe solicitar la liquidación de esta cobertura que tiene un valor de $ 30.000.
Titular retirado y su grupo familiar primario (edad máxima de ingreso 74 años)
Titular pensionado y su grupo familiar primario (edad máxima de ingreso 74 años)
Hijos mayores de 24 años (edad máxima de ingreso 64 años)
Padres, padres políticos y Hermanos del Titular (edad máxima de ingreso 74 años)
# | Nombre | Apellido | Fecha de Nacimiento | DNI | Parentesco |
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1 |
# | Nombre | Apellido | Fecha de Nacimiento | DNI | Parentesco |
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No obstante lo expuesto en el párrafo anterior, cuando por razones ajenas al asegurador no interviniera el sistema telefónico C.A.T. 24, o cuando la inhumación se efectuase en el extranjero, el asegurador reintegrará, en concepto de indemnización sustitutiva, los importes efectivamente erogados hasta la suma de CIENTO TREINTA Y DOS MIL ($132.000.-), siempre contra la presentación de la factura respaldatoria de dicho servicio.
La cobertura comenzará a las 12 horas del día indicado en las Condiciones Particulares, considerando la Fecha de Vigencia Inicial y el Periodo de Carencia estipulado para cada una de las mismas. La cobertura finalizará al presentarse alguna de las situaciones previstas en el art. 8° de las Condiciones Generales – Seguros Colectivos.
Si el texto de la póliza difiriera del contenido de la propuesta, la diferencia se considerará aprobada por el Contratante si no reclama dentro del mes de haber recibido la póliza. (Art. 12° de la Ley de Seguros).
“La propuesta de contrato de seguro, cualquiera sea su forma, no obliga al Asegurado ni a la Aseguradora. La propuesta puede supeditarse al previo conocimiento de las condiciones generales”. (Art. 4° de la Ley de Seguros N° 17.418).
“Toda declaración falsa o toda reticencia de circunstancias conocidas por el asegurado, aún hechas de buena fe, que a juicio de peritos hubiese impedido el contrato o modificado sus condiciones si el asegurador hubiese sido cerciorado del verdadero estado del riesgo, hace nulo el contrato”. (Art. 5° de la Ley de Seguros N° 17.418).
Forma de pago:
Dejo expresa conformidad para que la Dirección Nacional del Servicio Penitenciario descuente de mis Haberes, mediante el código 604, la cuota mensual correspondiente al seguro elegido más arriba por mí en El Surco Compañía de Seguros. La presente solicitud la formulo en un todo de acuerdo con las Condiciones Generales, Condiciones Generales Específicas y Cláusulas Adicionales que declaro conocer y que acepto en todas sus partes, no pudiendo invocar en ningún caso otras declaraciones o promesas hechas a/o por intermediarios, y certifico que los datos consignados en el formulario que precede, son fiel expresión de los hechos por mi conocidos; comprometiéndome asimismo, a pagar la prima que corresponde de acuerdo a las tarifas aprobadas al Asegurador por la autoridad citada más los recargos por impuestos, sellos, etc., autorizados, siendo el premio por las coberturas solicitadas el indicado más arriba y siempre que el Asegurador me comunique la aceptación del seguro en forma fehaciente, o me entregue el certificado individual dentro de los 15 días de la fecha.
Acepto en forma expresa y al vencimiento de la vigencia de la Póliza colectiva la renovación automática de la misma y actualización de los capitales asegurados.
Autorizo la entrega del certificado individual por correo electrónico según lo estipulado en el punto 25.3.1 de la Resolución 38.708 de la Superintendencia de Seguros de la Nación, a la dirección informada en la presente solicitud del seguro. Asimismo, declaro conocer que, en caso de ser aceptada la presente solicitud, la póliza electrónica y/o certificado individual, se encontrará a disposición en www.surcoseguros.com.ar (Accesos; Póliza electrónica; Usuario: Número de DNI; Clave: últimos cuatro números del teléfono declarado en la presente).
Importante: Prevención de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo
El asegurado asume la carga de aportar datos y documentos que le sean requeridos por El Surco Compañía de Seguros en virtud de lo establecido por las normas vigentes en materia de prevención de lavado de activos y financiamiento del terrorismo. Caso contrario, la aseguradora dará cumplimiento a las Resoluciones UIF vigentes en la materia.
Detalle de cobertura - Sepelio:
RETIRO DEL ÓBITO.
ACONDICIONAMIENTO DEL CUERPO
TRAMITACIONES
ATAÚD
CORTEJO FÚNEBRE
OFICIO RELIGIOSO
MENOR DESDE 1 MES A 7 AÑOS.
ANGELITO NACIDO SIN VIDA HASTA UN MES
LÍMITE DE LA PRESTACIÓN: tomando como punto de referencia el domicilio de la empresa fúnebre se prestarán sin cobro adicional los traslados, cortejo fúnebre y trámites cuando se realicen en C.A.B.A.: dentro del radio urbano. En G.B.A.: en el ámbito del partido. En el resto del país: para el retiro del extinto hasta 30 km. y para el traslado al lugar de inhumación hasta 20 km.
AMBITO DE LA COBERTURA: la cobertura abarca todo el territorio nacional
Coberturas adicionales
CREMACIÓN: Reintegro hasta la suma de $ 30.000.- contra la presentación de la factura de la cremación realizada.
GASTOS DE LUTO: Al momento del fallecimiento de u n asegurado se debe solicitar la liquidación de esta cobertura que tiene un valor de $ 30.000.